Derecho Constitucional Principios Fundamentales

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Requisitos del test de igualdad

1.Determinar si la situación de los sujetos bajo revisión son similares. 2. Analizar la razonabilidad, proporcionalidad, adecuación e idoneidad del trato diferenciado. 3.Destacar los fines perseguidos por el trato disímil, los medios para alcanzarlos y la relación entre medios y fines.

Criticas de Malberg al principio de separación de poderes

1- Atenta contra el principio de unidad estatal ya que la separación de poderes descompone el poder estatal en 3. Lo que conduce a destruir la unidad del estado que es el mismo principio de su fuerza. 2 - Atenta contra el principio de separación funcional entre los órganos: •: la exclusividad funcional ni es de hecho practicada ni conviene que lo sea. 3- la igualdad de los órganos: esta debería ser negada por la superioridad de la ley que es observada por el juez y el ejecutivo. es absurdo pensar que la superioridad en las funciones no se va a transponer a los órganos encargados de realizarlas. En resumen, se cuestiona que el Poder Judicial tenga poderes de control sobre los otros dos poderes, lo que evidentemente crea un desbalance entre los pesos y contrapesos

Tipos de libertades

1.Artículo 45.-Libertad de conciencia y de cultos; 2.Artículo 46.-Libertad de tránsito; 3.Artículo 47.-Libertad de asociación; 4.Artículo 48.- Libertad de reunión; 5.Artículo 49.-Libertad de expresión e información;

Principio de legalidad

El Tribunal Constitucional ha señalado sobre el particular que este es uno de los principios pilares del estado constitucional de derecho, de la seguridad jurídica, y que su finalidad es que las personas tengan, conocimiento de cómo deben conducirse, qué pueden o no hacer, cuál será la consecuencia de su acción u omisión y a qué se van a enfrentar en caso de no actuar conforme a un determinado precepto legal, pues la ley, al acordar una pena, tiene como propósito evitar lesiones de derecho, por acogerse la amenaza que entraña el anunciado castigo. •40. 13. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracción penal o administrativa; • •40.15: A nadie se le puede obligar a hacer lo que la ley no manda ni impedírsele lo que la ley no prohíbe. La ley es igual para todos: sólo puede ordenar lo que es justo y útil para la comunidad y no puede prohibir más que lo que le perjudica; • •69. 7. Ninguna persona podrá ser juzgada sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formalidades propias de cada juicio; • •Artículo 139.- Los tribunales controlarán la legalidad de la actuación de la Administración Pública. La ciudadanía puede requerir ese control a través de los procedimientos establecidos por la ley. •

Dónde se consagró la separación de poderes ?

El principio de la separación de poderes se recoge en la Declaración del Buen Pueblo de Virginia y en las Constituciones de Maryland y North Carolina; pero sobre todo inspiraba las Constituciones de Pensilvania y Vermount. •En 1776 la doctrina de la separación de poderes era el único principio coherente de gobierno constitucional sobre el que establecer una Constitución que rechazase la monarquía y la aristocracia.

El principio de separación para Aristóteles

En la obra aristotélica se habla, en efecto, de las tres funciones del Estado: la deliberativa, la judicial y la encomendada a los magistrados. •De modo que Aristóteles, por consiguiente, sólo concebía dos verdaderas funciones estatales, la de ejecutar y la de juzgar. Los órganos encargados de cumplir estas funciones son distintos, pero no se encuentran verdaderamente separados. Como han señalado Loewenstein y Jellinek, no existía repugnancia en que un miembro del jurado desempeñase al mismo tiempo una magistratura o, por supuesto, interviniera en la asamblea.

Libertad de reunión

Es, indudablemente, un derecho subjetivo de ejercicio colectivo, que al ser realizado, incide en el derecho y en los intereses de otros ciudadanos y en la utilización exclusiva de bienes públicos, posibilitando, a veces, la alteración de la seguridad ciudadana y del orden general, que corresponde garantizar y salvaguardar al poder público TC/0092/18

Principio de separación de poderes

Este principio se encuentra establecido en el art.4 de la constitución dominicana, que establece: El gobierno de la Nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución y las leyes.

Origen del principio de separación de poderes

•formulación solemne en el siglo XVIII, el principio de la separación de poderes se ha considerado un instrumento fundamental para asegurar la organización racionalizada y la limitación del Estado. •Se trata, en efecto, señala Loewenstein, de un integrante imprescindible del bagaje estándar del constitucionalismo, del dogma más sagrado de la teoría y práctica constitucionales.

Por quién fue alcanzada la idea de separación de poderes ?

Fue alcanzada por Montesquieu, pero •anteriormente existen contribuciones, doctrinales e institucionales, sin las cuales aquélla no hubiera sido posible. Estas ideas anteriores son las de la diversidad de funciones estatales, la del gobierno o constitución mixta y la de la constitución equilibrada.

Principio de Dignidad Humana

La Constitución de 2010 reconoce expresamente que ella se fundamenta en el respeto a la dignidad humana y que del mismo modo, el Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona ART. 5 y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que le son inherentes, y siendo su respeto y protección "una responsabilidad esencial de los poderes públicos (artículo 38).

Conclusión sobre principio de dignidad humana

La dignidad humana no es tanto «un derecho, cuanto el fundamento constitucional de todos los derechos estrechamente relacionados con el desarrollo de la personalidad humana». Se trata de uno —es más, del primero— de los principios supremos de un ordenamiento democrático

La separación de Poderes para locke

Ley y tribunales por una parte y la coacción organizada de otra, tanto para imponer el orden interior respaldando la ley y las sentencias como para asegurar la independencia exterior frente a las demás comunidades

La dignidad humana en la constitución

Se coloca así la dignidad humana en la cima del articulado constitucional, como fundamento del Estado y de la estructura normativa de la Constitución, como base de los derechos fundamentales y como derecho fundamental en sí misma. De ese modo, el más fundamental de los principios fundamentales reconocidos por la Constitución, la dignidad humana, se erige en patrón para la interpretación de los derechos fundamentales y en norma fundamental para todo el ordenamiento jurídico. La dignidad humana y la indisoluble unidad de la Nación dominicana ocupan una posición fundamentadora del orden constitucional

Principio de supremacía constitucional

Según el art. 6 de la constitución: •Todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución. La constitución es fundamento del ordenamiento jurídico del Estado", lo que significa que las normas e instituciones que conforman el ordenamiento jurídico estatal deben ser interpretadas y aplicadas teniendo en cuenta al elemento fundamental de ese ordenamiento, que no es más que la Constitución.

Libertad de tránsito

constituye una de las libertades fundamentales y una condición que resulta indispensable para el desarrollo de las personas. Puede ser ejercido desde distintas dimensiones, como es el derecho a transitar libremente, ya sea dentro de su país, como dentro del país donde se encuentra como visitante. TC/0126/15;

Ley Fundamental de Bonn de 1948

de las primeras leyes en consagrar en su art.1 el respeto a la dignidad humana. La dignidad humana es intangible. Respetarla y protegerla es obligación de todo poder público. (2) El pueblo alemán, por ello, reconoce los derechos humanos inviolables e inalienables como fundamento de toda comunidad humana, de la paz y de la justicia en el mundo

Origen de este principio

desde un punto de vista jurídico, no fue reconocido hasta mediados del siglo XX. La Carta de las Naciones Unidas (1945), y la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), entre otros documentos, consagraron este principio, reconociéndolo como fundamento último de los derechos humanos

La dignidad humana como base de los demás derechos

el Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, "la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad. •Es por ello que la Suprema Corte de Justicia, previo a la reforma constitucional de 2010, había señalado que los derechos fundamentales "tienen como fundamento los atributos de la persona humana que emanan de su dignidad inherente y son reconocidos por el sistema constitucional" (Resolución 1920-2003).

Libertad de culto

el TC de Perú ha señalado que pueden distinguirse dos aspectos de la libertad religiosa según la protección de este derecho implique la prohibición de una conducta (aspecto negativo) o exija una acción (aspecto positivo). Así, el aspecto negativo «implica la prohibición de injerencias por parte del Estado o de particulares en la formación y práctica de las creencias o en las actividades que las manifiesten». Y el aspecto positivo impone que «el Estado genere las condiciones mínimas para que el individuo pueda ejercer las potestades que comporta su derecho a la libertad religiosa

Libertad de expresión

es la existencia de una opinión pública, lo cual constituye un elemento necesario para el correcto funcionamiento de la democracia. Otros valores o bienes jurídicos que también protege este derecho son: la búsqueda de la verdad y la necesidad de comunicarse con otros seres humanos, lo cual trasciende a lo meramente político; Por lo que respecta a los límites en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información, los artículos 17 y 18 de la Ley núm. 200-04

Cómo es considerada la dignidad del ser humano en la constitución dominicana

sagrada, innata e inviolable

Principio de igualdad

•1)La República condena todo privilegio y situación que tienda a quebrantar la igualdad de las dominicanas y los dominicanos, entre quienes no deben existir otras diferencias que las que resulten de sus talentos o de sus virtudes; Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal. art.39

Principio de libertad

•La libertad es inicialmente mencionada dentro de los valores fundamentales del preámbulo de la Constitución dominicana del 26 de enero de 2010; Igualmente, los arts. 32 y 34 hace referencia al Lema Nacional y del Escudo Nacional el cual se leerá: Dios, Patria y Libertad; Dentro del título de derechos fundamentales, el art. 40 contiene 17 provisiones relativas a la libertad y seguridad personal; •

Libertad de asociación

•el derecho que tiene toda persona "de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la ley", implica también la libertad para constituir asociaciones o de pertenecer a ellas libremente, la de no asociarse, la de desafiliarse y la de no ser excluido de manera arbitraria. TC/0192/16


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